Si vuestra empresa contrata o traslada a un directivo o especialista de fuera de la Unión Europea, la vía de profesional altamente cualificado suele ser la más rápida. La creó la Ley 14/2013 para atraer talento y la tramita de forma centralizada la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), no las oficinas de extranjería provinciales.
Quién puede acogerse. El trabajador necesita una titulación superior de al menos tres años o, como alternativa, un mínimo de cinco años de experiencia profesional relevante. La empresa debe ofrecer un puesto altamente cualificado con contrato u oferta firme de al menos seis meses y un salario acorde. Algunas empresas cumplen además por tamaño, inversión o sector estratégico.
Cómo funciona. La solicitud se presenta por vía electrónica ante la UGE-CE. La ley fija un plazo de 20 días para resolver desde la presentación y, si no hay respuesta, se entiende concedida. Si el trabajador está fuera de España, con la autorización obtiene el visado en el consulado.
Documentos que suele preparar RR. HH. Documentación de la empresa, contrato u oferta firmada, descripción del puesto, título del trabajador (legalizado o apostillado y traducido si procede) o acreditación de experiencia, certificado de antecedentes penales, seguro médico y pasaporte en vigor.
Familia. El cónyuge o pareja y los hijos pueden solicitarlo a la vez, de modo que la familia viaja junta. Es una de las grandes ventajas de esta vía.
Vigencia. Se concede por un máximo de tres años, o por la duración del contrato más tres meses, y es renovable.
Nuestro consejo. Empezad en cuanto la contratación sea probable. Casi todos los retrasos vienen de los documentos: títulos que necesitan apostilla, traducciones y antecedentes penales del país de origen. Preparamos una lista por nacionalidad desde el primer día.
Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento profesional de cada caso.

